Normativa - Aquí podrá consultar la documentación de la normativa para la utilización de la factura electrónica.
Descargar Factura-e - Desde aquí podrá descargar de manera gratuita la aplicación Factura-e (Recomendado).
Descargar y actualizar Ef4ktur - Desde aquí podrá descargar y actualizar de manera gratuita la aplicación Ef4ktur, creada por iniciativa de las Diputaciones Forales vascas, para la generación de facturas electrónicas.
Validación de facturas - Sin certificado electrónico. Desde aquí podrá comprobar si su factura cumple los requisitos imprescindibles para que sea aceptada.
Envío y consulta de facturas - Con certificado electrónico. Tramitación y consulta con la firma electrónica basada en certificado reconocido.
El Servicio de facturación electrónica del Ayuntamiento de Mungia se pone a disposición de los proveedores que entreguen bienes o presten servicios para que presenten facturas electrónicas y consulten el estado de las mismas.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el servicio entra en funcionamiento para las facturas a remitir al Ayuntamiento de Mungia.
La Ley 25/2013 establece la obligatoriedad del uso de la factura electrónica en el sector público para:
"Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas a presentar factura electrónica las siguientes entidades:
a) Sociedades anónimas;
b) Sociedades de responsabilidad limitada;
c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
e) Uniones temporales de empresas;
f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización de mercado hipotecario, Fondo de tirularización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones".
NO están excluidas reglamentariamente de la presentación de factura electrónica cuando el importe de la factura, IVA incluido, sea de hasta 5.000 euros.
Los proveedores de bienes y servicios del Ayuntamiento de Mungia mediante este Servicio pueden conocer el estado de tramitación de las facturas:
- Registrada. La factura electrónica se ha registrado en el Registro telemático administrativo.
- Registrada en el RCF. La factura electrónica se ha registrado en el Registro contable de facturas.
- Recibida en destino. La factura electrónica está aceptada por el órgano competente.
- Contabilizada. Se ha contabilizado la obligación reconocida.
- Pagada. Se ha contabilizado la orden de pago de la factura.
- Rechazada. La factura electrónica ha sido rechazada por el órgano competente.
- Anulación. La factura electrónica ha sido anulada a petición del proveedor.
Los requisitos para utilización este servicio es:
- Disponer de los recursos informáticos necesarios para generar las facturas en un formato electrónico.
- Disponer de un certificado electrónico reconocido para la firma de las facturas.
- Remitirlas al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Ayuntamiento de Mungia.
Para dar soporte a los proveedores ante este nuevo escenario, el Ayuntamiento de Mungia, el Departamento de Recursos Generales se pone a disposición de los proveedores para facilitar esta adaptación legal, entendiéndola como una mejora tanto para el proveedor como para la Administración.